JUSTICIA DURANTE UNA PANDEMIA: LA DIGITALIZACIÓN JUDICIAL

JUSTICIA DURANTE UNA PANDEMIA: LA DIGITALIZACIÓN JUDICIAL

JUSTICIA DURANTE UNA PANDEMIA: LA DIGITALIZACIÓN JUDICIAL

JUSTICIA DURANTE UNA PANDEMIA: LA DIGITALIZACIÓN JUDICIAL

 

El acceso a la justicia es el principio básico sobre el cual yace el Estado de Derecho, es el derecho fundamental e internacionalmente reconocido, que trabaja como la llave que abre la puerta para la exigibilidad del goce de todos los derechos humanos de las personas.

 

Derivado de la situación mundial del Coronavirus COVID-19 y la declaración de pandemia por parte de la Organización Mundial de la Salud (OMS), con fecha del 17 de Marzo del año 2020, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, mediante acuerdo general número 3/2020, declaró la suspensión de labores y términos jurisdiccionales en todo el país.

 

Como consecuencia de las restricciones en movilidad y aislamiento, los estados se enfrentaron al enorme desafío de acelerar las transformaciones de modernización de los servicios de justicia para garantizar los derechos fundamentales de las personas en un entorno de confinamiento, pues tras la publicación de varios acuerdos dictados por el Consejo de la Judicatura Federal durante el año 2020, en los cuales se estuvo posponiendo la apertura a la mayoría de los órganos jurisdiccionales del país, y los litigantes al encontrarse sin atención personal en dichos órganos y sin pruebas piloto, se provocó una doble misión: por un lado, acercar la justicia a la gente -sobre todo a los grupos vulnerables- para que puedan hacer sus reclamos y recibir la debida orientación; y por el otro, continuar con los procesos judiciales y métodos alternativos de resolución de conflictos para poder ofrecer respuestas.

 

Algunos estados se beneficiaron del proceso de modernización, pues se esperaba que estos se extendieron pronto al resto del país, donde aún predominan los juicios escritos en expedientes físicos, ya que si bien es cierto que cada vez es mayor el uso de juicio orales, lastimosamente dichos juicios aun no llegan a todas las materias.

El artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece el derecho de toda persona para que: “se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial”, y en nuestras instituciones judiciales no se cumple debido a las diversas carencias que padecen y que en gran medida las hacen obsoletas, evidenciando que se requieren cambios profundos, debiendo mutar hacia la modernización y al uso de las nuevas tecnologías, en una palabra, transformarse hacia la ciberjusticia.

Es por ello que existen cuestionamientos tales como, ¿podrá continuar la implementación digital dentro de la justicia? ¿cómo se adaptará la justicia oral y digital para sobrevivir en el mundo post-pandemia?

Si bien es cierto que la pandemia ha dado un impulso importante a la necesidad de duplicar los esfuerzos para la transformación digital en los órganos jurisdiccionales, tales como el uso del expediente judicial electrónico y las audiencias orales virtuales en juicios, la emergencia parece haber vencido también la resistencia al cambio que frenaba los procesos modernizadores. La nueva normalidad judicial nos está demostrando a todos que la oralidad y digitalización sobrevivirán juntas y darán mejores resultados.

En México, para atender la emergencia sanitaria se estableció que la procuración e impartición de justicia son actividades esenciales y, poco a poco, los poderes judiciales (federal y locales) se han ido adaptando a esta exigencia, utilizando a la tecnología como partidaria. Es justo reconocer que actualmente se han implementado una serie de medidas para que no se suspendan totalmente las actividades jurisdiccionales, como lo es la puesta en marcha de un sistema de citas electrónicas que permite a los abogados agendar la presentación de demandas, escritos, consulta de expedientes, presentación de promociones suscribiendo con e-firma, y consulta de expedientes de manera electrónica en ciertos órganos jurisdiccionales.

 

En sí, la tecnología no es del todo ajena, podemos ver, por ejemplo, que muchas de las notificaciones en los juicios se practican a través de WhatsApp, sin contar con todas las solicitudes que se hacen por medios digitales, como videoconferencias relacionadas en el proceso en materia penal, de amparo y algunas en materia civil y familiar, pues en ese sentido, la videoconferencia también representa grandes ventajas, en primer lugar, porque sirve para mantener el distanciamiento social. Actualmente, lo primero que hay que tener en cuenta es la salud de las personas, por lo que celebrar los juicios de manera remota ayuda a evitar contagios y así poder evitar el congestionamiento de las sedes de los tribunales y la propagación del virus, sin embargo, estos esfuerzos han sido limitados y hoy predomina la sensación en el gremio de los juristas mexicanos de que el funcionamiento del sistema de justicia nacional ha sido gravemente afectado.

 

Cabe resaltar que, pesar de que ya fueron abiertos los órganos jurisdiccionales, hay juicios en específico que han tenido un grave retroceso, como lo son aquellos que involucran la presencia física en los juzgados de personas vulnerables ante el COVID-19, como lo son adultos mayores, en procedimientos como estados de interdicción y menores de edad en audiencias de escucha de menores, dichas audiencias son imprescindibles para dar continuidad a los juicios; si bien es cierto que varios juzgados ya están implementando el desahogo de audiencias mediante videoconferencias, también lo es que aún hay deficiencias en dicha medida, pues no toda la población tiene aún acceso a equipo de cómputo e internet, provocando un retroceso en dichos trámites.

 

Si bien es cierto que los jueces, así como personal de los Juzgados, están en aptitudes de acudir a los domicilios del sector vulnerable, para poder darle celeridad al proceso, también lo es que, aunque exista un gran interés por jueces y personal del juzgado, se encuentran saturados en labores, pues ellos también al tener personal vulnerable laborando en tribunales, se vieron en la necesidad de mandar gran porcentaje de dicho personal a trabajar a sus casas.

 

Ante la situación actual, se deben generar mecanismos viables para que cualquier persona pueda presentarse ante una autoridad y hacer valer sus derechos. Aún falta un largo camino por la implementación digital en el ámbito jurisdiccional, pero de lograrse sin duda traerá grandes beneficios como mejor acceso a los servicios en línea, mayor eficacia, eficiencia y aumento a la transparencia, pues la digitalización de todos los procesos facilitaría el acceso transparente a los datos por las partes implicadas en un asunto. Todo esto es una garantía adicional de imparcialidad de la justicia y a la vez acorta las oportunidades de corrupción en las diferentes etapas procesales.

 

De esta experiencia surgirá un nuevo paradigma y una nueva oportunidad para mejorar y estrechar la relación entre los ciudadanos y la justicia, estaremos pendientes de que así ocurra.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *