Tecnología y Derecho

Tecnología y Derecho

Tecnología y Derecho

 

La pandemia nos demostró que la tecnología y el derecho van de la mano, y afortunadamente nos permitió acceder -a pasos agigantados- a un avance, que no hubiera sido posible en un futuro cercano de otra manera; aquí señalaremos algunas de las utilidades y beneficios que nos ha traído.

 

  1. Firmas electrónicas.

 

La Firma Electrónica Certificada del Poder Judicial de la Federación (FIREL); el Certificado de Firma Electrónica del Servicio de Administración Tributaria (e.firma); la Firma Electrónica Certificada del Poder Judicial del Estado de México (FEJEM); por último, pero muy útil, la Llave CDMX (principalmente la cuenta verificada).

 

Al respecto, debemos mencionar que la FIREL, a través del Portal de Servicios en Línea del Poder Judicial de la Federación, nos permite realizar la promoción de escritos iniciales de demanda, escritos de trámite, presentación de recursos, consulta de expediente electrónico e incluso notificarte de los acuerdos y resoluciones en el sitio en comento; sin dejar de mencionar que los juicios pueden seguir tramitándose bajo la modalidad “Juicio en Línea”; a título personal se considera esta como la mejor de las firmas electrónicas, pues en caso de contar con (i) credencial para votar vigente, expedida por el INE o IFE, (ii) computadora y (iii) celular, nos permite obtener el mismo día, tardando un aproximado de 45 minutos para poder utilizarla.

 

Una de las ventajas de la e.firma, es que es posible utilizarla en distintos portales del Poder Judicial, tanto locales como federales, sin embargo, la disponibilidad de citas ante el SAT es muy limitada, pudiendo tardar en concluir el trámite más de 2 semanas.

 

Tanto la FIREL, como la e.firma nos permiten acceder a los trámites en línea que brinda el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, entre otros, consulta de expedientes, la presentación de escritos y escritos iniciales de demanda en la Oficialía de partes común virtual, así como la tramitación de “Juicios en línea” muy concretos.

 

Con la FEJEM realizaremos múltiples actuaciones ante el Poder Judicial del Estado de México, incluyendo el Centro Virtual de Mediación, y en uno de los sistemas más completos hasta el momento, siendo este el “Tribunal Electrónico”, que de conformidad con la Circular 04/2021, podremos comenzar, impulsar y concluir una amplia variedad de Juicios, siempre y cuando se cumplan con las condiciones ahí establecidas. Es pertinente señalar que para obtener la FEJEM es necesario agendar una cita, sin embargo, atendiendo a la contingencia, se llevará vía videoconferencia, por lo que la obtención debería ser relativamente rápida.

 

La Llave CDMX, nos permite obtener constancias de extravío, realizar denuncias de diversos delitos, entre los más relevantes, abuso de confianza, fraude, robo en distintas modalidades, sustracción de menores, usurpación de identidad, violencia familiar y otros delitos en los cuales no se hubiera sufrido violencia; además, podremos realizar trámites relacionados con establecimientos mercantiles, trámites de control vehicular, cortesías urbanas para personas con discapacidad,  corrección de datos del Registro Civil; dicha llave se tramita completamente en línea.

 

  1. Desahogo de audiencias vía videoconferencia/telepresencia.

 

Es una realidad que llegó para quedarse, y no es para menos, ya que nos permite desahogar audiencias en las que no es necesario que se reúnan físicamente las partes, como el caso de las audiencias previstas en el artículo 258 del Código Nacional de Procedimientos Penales. Por el momento los tribunales locales comenzaron a implementar el desahogo de medidas de protección, desahogo de pruebas y juicios que por su naturaleza, es posible desahogarlos de esa forma, priorizando que no se realice un traslado de internos innecesario, con la finalidad en este momento de evitar la propagación del virus, y  en un futuro cercano, reducir gastos.

 

Asimismo, meramente como comentario, debe decirse que desde el 06 de noviembre de 2020, se publicó en el DOF el acuerdo del CJF que establece que próximamente, las partes -y posteriormente el público en general-, tengan acceso a las video sesiones que llevan a cabo los Tribunales Colegiados en vivo, sin embargo, al día de hoy no es posible verlas, sino hasta que se suben a la biblioteca digital del CJF, esperando que pronto podamos acceder y asistir virtualmente a esas sesiones, que claramente representarían un logro para el acceso a la información y para las TICs.

 

  1. Uso de dispositivos electrónicos durante las audiencias.

 

Hasta el momento, es bastante común que a las audiencias a las que acudamos nos prohiban ingresar con dispositivos que nos permitan tomar imágenes o fotografías, grabar audio y video, bajo el argumento previsto en el artículo 58 del Código Nacional de Procedimientos Penales, situación que deseamos cambie pronto, con fundamento en una interpretación armónica de lo establecido en los artículos 44 y 51 del mismo ordenamiento, ya que estos establecen que las partes durante el proceso penal pueden utilizar medios electrónicos y en las audiencias, pueden auxiliarse de documentos o de cualquier otro medio, no debiendo interpretarse de forma limitativa, sino extensiva.

 

Si bien no será posible grabar audio o video, el objetivo es actuar con lealtad y buena fe, para allegarnos de herramientas que nos permitan desarrollar de una forma más efectiva y completa, la representación de los intereses de nuestros patrocinados.

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